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Divorcio de Mutuo Acuerdo en Chile: Requisitos, Plazos y Tramitación
En Schneider Abogados, nuestro Departamento de Derecho de Familia tramita divorcios de mutuo acuerdo en todo Chile, redactando el acuerdo completo y suficiente y gestionando la totalidad del proceso ante el Tribunal de Familia. Nuestro equipo representa a ambos cónyuges en divorcios consensuados, asignando un abogado patrocinante distinto a cada uno conforme a la exigencia legal. Regulamos integralmente las materias de pensión de alimentos, cuidado personal, régimen de visitas y compensación económica. Oficina principal: World Trade Center, Torre Norte, Oficina 2102, Las Condes, Santiago, con cobertura nacional.
- Llámenos al +56 23 267 1946 para iniciar su divorcio de mutuo acuerdo.
- Hable ahora con un agente en el chat en línea (ícono en la esquina inferior de la pantalla).
- O complete el formulario de contacto que encontrará a continuación.
Luego del formulario de contacto, le explicamos en detalle qué es el divorcio de mutuo acuerdo, sus requisitos, el acuerdo completo y suficiente, la tramitación de plano, plazos, compensación económica, efectos sobre los hijos, qué hacer para divorciarse, los errores más frecuentes, cómo trabajamos su caso, honorarios, y las 20 preguntas más frecuentes con sus respuestas.
Última actualización: marzo de 2026.
Tabla de contenidos
1. Qué es el divorcio de mutuo acuerdo
El divorcio de mutuo acuerdo —también llamado divorcio consensuado, divorcio amigable o divorcio de común acuerdo— es la modalidad de divorcio en Chile en que ambos cónyuges solicitan conjuntamente al Tribunal de Familia la disolución de su vínculo matrimonial. Está regulado en el artículo 55 de la Ley N° 19.947 de Matrimonio Civil y se distingue del divorcio unilateral y del divorcio por culpa por requerir el acuerdo de ambas partes.
El fundamento del divorcio de mutuo acuerdo no es el consentimiento de los cónyuges en sí mismo — la ley no lo contempla como causal autónoma —, sino el cese efectivo de la convivencia por un período mínimo de un año. Lo que el mutuo acuerdo permite es reducir este plazo (de 3 años en el unilateral a 1 año) y simplificar la tramitación, especialmente desde que la Ley N° 21.394 habilitó la resolución de plano (sin audiencias).
En nuestra experiencia gestionando divorcios de mutuo acuerdo, hemos observado que esta es la vía preferida por la mayoría de las parejas que deciden terminar su matrimonio. La clave del éxito de este tipo de divorcio radica en la calidad del acuerdo completo y suficiente: un acuerdo bien redactado, que anticipe contingencias futuras y proteja adecuadamente los derechos de ambas partes y de los hijos, evita conflictos posteriores y acelera significativamente el proceso.
2. Requisitos legales del divorcio de mutuo acuerdo
El artículo 55 de la Ley de Matrimonio Civil establece tres requisitos copulativos (es decir, deben cumplirse todos simultáneamente):
— Solicitud conjunta de ambos cónyuges: Los dos deben solicitar el divorcio de común acuerdo ante el Tribunal de Familia. Cada uno debe estar patrocinado por su propio abogado habilitado. La ley exige que cada cónyuge cuente con un abogado patrocinante distinto; sin embargo, ambos abogados pueden pertenecer al mismo estudio jurídico.
— Cese efectivo de la convivencia por más de un año: Los cónyuges deben acreditar que han dejado de vivir juntos por un lapso superior a un año, de forma efectiva e ininterrumpida. El cese puede acreditarse por cualquier medio de prueba idóneo, conforme al principio de libertad probatoria que rige en los Tribunales de Familia.
— Acuerdo completo y suficiente: Deben presentar un acuerdo que regule todas las relaciones entre los cónyuges y con los hijos. El tribunal verifica que el acuerdo sea «completo» (aborde todas las materias que exige la ley) y «suficiente» (proteja adecuadamente los derechos del cónyuge más débil y de los hijos).
| Requisito | Detalle | Consecuencia si no se cumple |
|---|---|---|
| Solicitud conjunta | Ambos cónyuges deben firmar la demanda | No procede el mutuo acuerdo; debe evaluarse divorcio unilateral |
| Cese de convivencia ≥ 1 año | Debe acreditarse por cualquier medio de prueba (libertad probatoria) | El tribunal rechaza la demanda por no cumplirse el plazo |
| Acuerdo completo y suficiente | Debe regular alimentos, cuidado personal, visitas, bienes y compensación económica | El tribunal puede objetar el acuerdo y solicitar correcciones |
Un dato que nuestros abogados siempre destacan: el cónyuge que no solicita compensación económica en el acuerdo o no renuncia expresamente a ella, deja abierta la posibilidad de reclamarla judicialmente después, lo que puede generar controversias futuras. Por ello, recomendamos siempre abordar esta materia expresamente en el acuerdo, ya sea fijando un monto, estableciendo una forma de pago o renunciando de forma expresa.
3. El acuerdo completo y suficiente
El acuerdo completo y suficiente es el documento central del divorcio de mutuo acuerdo. Debe abordar al menos las siguientes materias:
— Pensión de alimentos para los hijos: Monto, forma y periodicidad del pago. El tribunal verifica que la pensión sea adecuada a las necesidades de los hijos. El mínimo legal es el 40% de un ingreso mínimo remuneracional por hijo, lo que a marzo de 2026 equivale a $215.600 mensuales por hijo (IMR $539.000, Ley 21.751).
— Cuidado personal de los hijos: Debe determinarse con cuál de los padres vivirán los hijos, o si se acuerda cuidado compartido.
— Régimen de relación directa y regular: Establecer los días, horarios y condiciones de las visitas del padre no custodio, incluyendo períodos de vacaciones y feriados.
— Patria potestad: Los padres pueden acordar que la patria potestad (administración de los bienes del hijo) la ejerza uno de ellos o ambos conjuntamente.
— Régimen patrimonial: Si el matrimonio se contrajo bajo sociedad conyugal, el acuerdo puede incluir la liquidación de los bienes gananciales. Si fue bajo participación en los gananciales, se puede acordar el crédito de participación.
— Compensación económica: Las partes pueden acordar un monto, renunciar a ella o dejar constancia de que no procede. Si no se aborda, queda abierta la posibilidad de reclamarla judicialmente.
En nuestra práctica, nuestros abogados han observado que los tribunales son especialmente rigurosos al revisar la suficiencia del acuerdo respecto de los hijos. Si el juez estima que la pensión de alimentos es insuficiente o que el régimen de visitas no protege adecuadamente el derecho del hijo a mantener relación con ambos padres, puede objetar el acuerdo y solicitar modificaciones antes de dictar sentencia.
4. Tramitación de plano y con audiencias
El divorcio de mutuo acuerdo puede tramitarse por dos vías:
Tramitación de plano (art. 64 bis Ley N° 19.968): Es la modalidad más utilizada actualmente. El tribunal resuelve la demanda sin convocar a audiencias, basándose únicamente en la documentación presentada. Los requisitos son: que las partes lo soliciten expresamente, que cumplan todos los requisitos del artículo 55, que acompañen la prueba documental completa y que el acuerdo sea efectivamente completo y suficiente. Plazo: 1 a 4 semanas.
Tramitación con audiencias: Si la prueba es insuficiente, si el tribunal tiene observaciones al acuerdo o si las partes no solicitan expresamente la tramitación de plano, el tribunal convoca a audiencia preparatoria y, si es necesario, a audiencia de juicio. Plazo: 2 a 4 meses.
| Aspecto | Tramitación de plano | Tramitación con audiencias |
|---|---|---|
| Plazo estimado | 1 a 4 semanas | 2 a 4 meses |
| Comparecencia | No se requiere comparecer | Presencial o por videoconferencia |
| Prueba | Solo documental (completa) | Documental y testimonial |
| Requisito especial | Solicitud expresa de las partes | No requiere solicitud especial |
5. Qué hacer para divorciarse de mutuo acuerdo
Si usted quiere un divorcio rápido y su cónyuge está de acuerdo: contacte a nuestros abogados para iniciar la tramitación de plano. Con la documentación completa, es posible obtener sentencia en 1 a 4 semanas.
Si usted y su cónyuge quieren divorciarse pero no logran ponerse de acuerdo en todas las materias: nuestro equipo puede facilitar la negociación de los puntos pendientes para alcanzar un acuerdo que permita tramitar el divorcio consensuado, evitando el divorcio contencioso que es más costoso y prolongado.
Si su cónyuge le propuso un acuerdo de divorcio: antes de firmar, consulte con nuestros abogados para verificar que el acuerdo protege adecuadamente sus derechos. Un acuerdo aprobado por el tribunal tiene fuerza de sentencia y es muy difícil de modificar después.
6. Compensación económica en el divorcio consensuado
La compensación económica es una materia que debe abordarse en el acuerdo completo y suficiente del divorcio de mutuo acuerdo. Las opciones son: acordar un monto y forma de pago, renunciar expresamente a la compensación, o no pronunciarse (lo que deja abierta la posibilidad de reclamarla judicialmente).
Para determinar si procede y estimar su cuantía, el artículo 62 de la Ley de Matrimonio Civil señala que se considerarán: la duración del matrimonio y la vida en común, la situación patrimonial de ambos, la edad y estado de salud del beneficiario, su situación previsional, su cualificación profesional y la colaboración prestada al otro cónyuge.
La compensación puede pagarse en una suma única, en cuotas reajustables o mediante la entrega de bienes. El tribunal puede incluso ordenar el traspaso de fondos previsionales del obligado al beneficiario (artículo 65). Un error que vemos con frecuencia en nuestra práctica es que las personas renuncian a la compensación económica sin comprender plenamente sus implicancias, especialmente cuando se dedicaron al hogar durante años y quedan en una posición económica desventajosa tras el divorcio.
En el contexto del divorcio de mutuo acuerdo, la compensación económica se aborda dentro del propio acuerdo completo y suficiente. Existen tres formas de tratarla: la primera es acordar un monto determinado y la forma de pago (suma única, cuotas mensuales reajustables según IPC, entrega de un bien mueble o inmueble, o traspaso de fondos de AFP); la segunda es renunciar expresamente a ella, dejando constancia en el acuerdo de que ambos cónyuges declaran no tener derecho a compensación o renunciar voluntariamente a reclamarla; la tercera es omitirla, lo que deja la puerta abierta para que cualquiera de los cónyuges la reclame judicialmente con posterioridad, generando un potencial conflicto futuro que contradice la lógica del divorcio consensuado.
Nuestros abogados siempre recomiendan abordar la compensación de forma expresa en el acuerdo, ya que la omisión puede transformar un divorcio amigable en una fuente de litigios posteriores. Cuando existe derecho a compensación, nuestro equipo calcula un monto estimado considerando los factores del artículo 62 de la Ley de Matrimonio Civil: duración del matrimonio, situación patrimonial de cada cónyuge, edad y estado de salud del beneficiario, cualificación profesional, situación previsional y la colaboración prestada a las actividades lucrativas del otro. Para matrimonios de larga duración donde uno de los cónyuges no trabajó fuera del hogar, la compensación puede ser considerable y constituye un derecho que no debería renunciarse sin una evaluación profesional previa.
7. Diferencias con otros tipos de divorcio
El divorcio de mutuo acuerdo se diferencia del divorcio unilateral y del divorcio por culpa en varios aspectos fundamentales. El divorcio unilateral requiere 3 años de cese de convivencia (frente a 1 año del mutuo acuerdo) y no necesita el consentimiento del otro cónyuge; el divorcio por culpa no requiere plazo de cese pero exige acreditar una falta grave del artículo 54 de la Ley de Matrimonio Civil.
En términos de duración, el divorcio de mutuo acuerdo puede resolverse en 1 a 4 semanas (de plano), mientras que el unilateral tarda 3 a 8 meses y el por culpa puede extenderse de 6 a 18 meses. En términos de costos, el mutuo acuerdo es el más económico porque requiere menos actuaciones procesales y puede gestionarse sin audiencias.
| Característica | Mutuo acuerdo | Unilateral | Por culpa |
|---|---|---|---|
| Cese mínimo | 1 año | 3 años | Sin plazo |
| Duración tramitación | 1-4 semanas (plano) | 3-8 meses | 6-18 meses |
| Acuerdo requerido | Sí | No | No |
| Costo relativo | Menor | Mayor | Mayor |
8. Prueba del cese de convivencia
La acreditación del cese de convivencia es un elemento crítico del divorcio de mutuo acuerdo. En esta materia rige actualmente la libertad probatoria, lo que significa que el cese de convivencia puede acreditarse por cualquier medio de prueba idóneo, sin distinción según la fecha de celebración del matrimonio.
Entre los medios de prueba más utilizados se encuentran: la escritura pública de cese de convivencia (suscrita ante notario por ambos cónyuges), el acta de cese levantada ante un oficial del Registro Civil, contratos de arriendo de viviendas distintas, comprobantes de servicios básicos (agua, luz, gas) a nombre de cada cónyuge en direcciones diferentes, certificados de domicilio, declaraciones juradas, testimonios de vecinos o familiares, y cualquier otro documento o antecedente que acredite fehacientemente la separación efectiva por al menos un año.
Si bien la libertad probatoria amplía las posibilidades de acreditación, esto no significa que cualquier prueba sea suficiente. Los tribunales evalúan la idoneidad y consistencia de los medios presentados. En la práctica, los instrumentos más sólidos siguen siendo la escritura pública de cese de convivencia y el acta ante el Registro Civil, por su carácter fehaciente. La opción más rápida para formalizar el cese suele ser suscribir una escritura pública ante notario, que ambos cónyuges pueden firmar el mismo día.
Los casos que hemos representado muestran que la principal causa de rechazo de demandas de divorcio de mutuo acuerdo es la insuficiencia o debilidad de la prueba del cese. Nuestros abogados evalúan los medios disponibles antes de presentar la demanda y, cuando la prueba es débil, asesoran en la obtención de los instrumentos necesarios para una acreditación sólida ante el tribunal. El plazo de un año se cuenta desde la fecha en que efectivamente se produjo el cese de convivencia, según lo que la prueba logre acreditar.
9. Efectos jurídicos del divorcio de mutuo acuerdo
La sentencia de divorcio de mutuo acuerdo produce efectos jurídicos inmediatos y de largo plazo que ambos cónyuges deben conocer y evaluar cuidadosamente antes de firmar el acuerdo. Estos efectos van más allá de la simple disolución del vínculo matrimonial y alcanzan ámbitos patrimoniales, sucesorios, previsionales y de estado civil.
— Estado civil: A partir de la subinscripción de la sentencia en el Registro Civil, ambos cónyuges adquieren el estado civil de divorciados y quedan habilitados para contraer nuevas nupcias. La subinscripción es gestionada de oficio por el tribunal, sin costo adicional para las partes.
— Efectos patrimoniales: Si el matrimonio estaba sujeto a sociedad conyugal, la sentencia de divorcio pone fin al régimen, debiendo procederse a la liquidación de la sociedad. Si el acuerdo completo y suficiente incluyó la liquidación, esta queda resuelta con la sentencia. Si no la incluyó, deberá tramitarse separadamente por escritura pública o juicio de partición. En el caso de la participación en los gananciales, corresponde calcular el crédito de participación conforme a los artículos 1792-1 y siguientes del Código Civil.
— Efectos sucesorios: Los cónyuges divorciados pierden recíprocamente los derechos hereditarios que tenían en virtud del matrimonio. El excónyuge deja de ser heredero legal del otro. Sin embargo, si existen disposiciones testamentarias a favor del excónyuge, estas mantienen su validez salvo que sean revocadas expresamente. Es recomendable revisar y actualizar los testamentos después del divorcio.
— Efectos previsionales: El divorcio no afecta directamente las cotizaciones previsionales acumuladas individualmente, salvo que se haya pactado el traspaso de fondos de AFP como forma de pago de la compensación económica. Las pensiones de sobrevivencia dejan de proceder respecto del excónyuge una vez inscrito el divorcio, lo que debe tenerse en cuenta al evaluar la conveniencia del divorcio desde la perspectiva previsional.
— Bien familiar: Si existe una declaración de bien familiar vigente, el divorcio por sí solo no la extingue. La desafectación debe solicitarse expresamente al tribunal o pactarse en el acuerdo. Si no se aborda, el cónyuge propietario seguirá impedido de enajenar o gravar el inmueble sin autorización del otro o del juez, aun después del divorcio. Nuestros abogados siempre verifican la existencia de bien familiar antes de redactar el acuerdo y asesoran sobre la conveniencia de incluir la desafectación en el mismo acuerdo de divorcio, evitando así un trámite judicial adicional posterior.
10. Escenarios: si usted quiere un divorcio de mutuo acuerdo
Si usted y su cónyuge están de acuerdo en divorciarse y no tienen hijos, el proceso es aún más sencillo: el acuerdo solo debe regular las materias patrimoniales y la compensación económica. Llámenos al +56 23 267 1946.
Si usted y su cónyuge tienen hijos menores y quieren divorciarse consensuadamente, nuestros abogados redactarán un acuerdo que regule alimentos, cuidado personal y visitas de manera integral, protegiendo los derechos de los niños.
Si usted quiere divorciarse de mutuo acuerdo pero no tiene un instrumento formal que acredite el cese de convivencia, nuestros abogados evaluarán los medios de prueba disponibles y, si es necesario, lo asistirán en la obtención de una escritura pública de cese ante notario u otro instrumento idóneo para acreditar la separación efectiva.
Si usted vive en el extranjero y quiere divorciarse de un matrimonio celebrado en Chile, gestionamos el divorcio de mutuo acuerdo de forma completamente remota mediante tramitación electrónica.
Si usted quiere un divorcio rápido y su cónyuge acepta pero hay bienes valiosos de por medio, nuestro equipo redactará el acuerdo incluyendo la liquidación de la sociedad conyugal para resolver todo en un solo proceso.
Si usted fue contactado por el abogado de su cónyuge para firmar un acuerdo de divorcio, antes de firmar, solicite una revisión por parte de nuestros abogados para verificar que el acuerdo protege adecuadamente sus derechos.
Si usted necesita divorciarse de mutuo acuerdo pero su cónyuge vive en otra región de Chile, la tramitación electrónica permite gestionar todo el proceso sin que ambos cónyuges deban presentarse en el mismo lugar. Nuestros abogados coordinan la firma de poderes y documentos de forma remota, utilizando las herramientas que la Ley N° 21.394 habilitó para la tramitación digital.
Si usted quiere divorciarse consensuadamente pero tiene dudas sobre si le corresponde compensación económica, nuestro equipo evalúa su situación antes de redactar el acuerdo, calculando un estimado de compensación basado en los criterios legales del artículo 62 de la Ley de Matrimonio Civil. La evaluación previa permite tomar una decisión informada sobre si incluir, negociar o renunciar a la compensación dentro del acuerdo.
11. Errores comunes en divorcios de mutuo acuerdo
Error 1: No acreditar adecuadamente el cese de convivencia. Presentar prueba insuficiente o documentos imprecisos puede significar el rechazo de la demanda, incluso en un divorcio consensuado. Si bien rige la libertad probatoria, los tribunales evalúan la idoneidad y consistencia de los medios presentados. Nuestros abogados han gestionado casos donde el tribunal rechazó la demanda porque la prueba acompañada no lograba acreditar fehacientemente el cese por al menos un año, lo que obligó a reunir antecedentes adicionales y reiniciar el proceso con la consiguiente pérdida de tiempo y dinero.
Error 2: Renunciar a la compensación económica sin evaluarla. Muchas personas renuncian sin comprender que tienen derecho a una compensación por haberse dedicado al hogar durante el matrimonio. Este error es particularmente grave en matrimonios de larga duración donde uno de los cónyuges sacrificó su desarrollo profesional. La renuncia, una vez incorporada al acuerdo y aprobada por el tribunal, es irrevocable. Nuestro equipo siempre realiza una evaluación previa de la procedencia de la compensación antes de asesorar sobre la conveniencia de incluirla o renunciar a ella.
Error 3: No regular todas las materias en el acuerdo. Si el acuerdo omite alguna materia exigida por la ley (alimentos, cuidado, visitas, bienes), el tribunal lo objetará y solicitará correcciones, retrasando el proceso. Las omisiones más frecuentes que hemos detectado en acuerdos redactados sin asesoría especializada son: no pronunciarse sobre la compensación económica, no regular la patria potestad de forma expresa, y no establecer un régimen de vacaciones y feriados dentro del régimen de visitas.
Error 4: Fijar una pensión de alimentos insuficiente. El tribunal verifica que la pensión sea adecuada a las necesidades de los hijos. Si estima que el monto es insuficiente, puede objetar el acuerdo y solicitar una corrección antes de aprobar el divorcio. El mínimo legal establecido por la Ley N° 14.908 es el 40% de un ingreso mínimo remuneracional por cada hijo, lo que a marzo de 2026 equivale a $215.600 mensuales por hijo (IMR $539.000, Ley 21.751). Nuestros abogados asesoran en la determinación de un monto que cumpla con el estándar legal y que al mismo tiempo sea sostenible para el alimentante en el largo plazo.
Error 5: No solicitar expresamente la tramitación de plano. Si no se solicita en la demanda, el tribunal puede optar por convocar a audiencias, prolongando innecesariamente el proceso de semanas a meses. La solicitud de tramitación de plano conforme al artículo 64 bis de la Ley N° 19.968 debe formularse expresamente en la demanda conjunta, acompañando toda la prueba documental necesaria. Nuestros abogados siempre incluyen esta solicitud y preparan la documentación de forma íntegra para maximizar las posibilidades de obtener sentencia sin audiencias, en el plazo más breve posible.
Error 6: Firmar el acuerdo sin asesoría legal. El acuerdo aprobado por el tribunal tiene fuerza de sentencia. Aceptar condiciones desfavorables es un error que genera perjuicios de largo plazo muy difíciles de revertir.
Error 7: No considerar la declaración de bien familiar. Si la vivienda está declarada como bien familiar, el acuerdo debe contemplar su desafectación o mantención; de lo contrario, el cónyuge propietario no podrá disponer del inmueble aun después del divorcio.
12. Cómo trabajamos su divorcio de mutuo acuerdo
Etapa 1 — Evaluación y definición del acuerdo. Nuestros abogados analizan su situación matrimonial, el régimen patrimonial, la existencia de hijos y la procedencia de compensación económica. Coordinamos una reunión (presencial o virtual) para definir los términos del acuerdo.
Etapa 2 — Redacción del acuerdo completo y suficiente. Nuestro equipo redacta el acuerdo regulando todas las materias exigidas por la ley, anticipando contingencias futuras y protegiendo los derechos de ambas partes y de los hijos.
Etapa 3 — Presentación de la demanda. Ingresamos la demanda conjunta a través de la Oficina Judicial Virtual, acompañando el acuerdo, los certificados y la prueba del cese de convivencia. Solicitamos expresamente la tramitación de plano.
Etapa 4 — Sentencia y subinscripción. El tribunal revisa la documentación y dicta sentencia. Gestionamos la subinscripción en el Registro Civil. A partir de ese momento, ambos cónyuges adquieren el estado civil de divorciados.
Etapa 5 — Seguimiento post-divorcio. Si después del divorcio surgen necesidades de modificación de alimentos, visitas o cuidado personal, nuestro equipo asesora y tramita las modificaciones necesarias.
13. Honorarios
Los honorarios del divorcio de mutuo acuerdo dependen de los siguientes factores:
— Existencia de hijos menores: El acuerdo es más complejo cuando incluye regulación de alimentos, cuidado personal y visitas.
— Régimen patrimonial: Si debe liquidarse la sociedad conyugal o calcularse gananciales, la carga de trabajo se incrementa.
— Compensación económica: Si se negocia una compensación, los honorarios reflejan la complejidad de esta materia.
— Representación de uno o ambos cónyuges: El costo varía según si nuestro equipo representa a una o ambas partes.
Los honorarios se informan de forma transparente en la primera evaluación. Para conocer los costos de su divorcio de mutuo acuerdo, llámenos al +56 23 267 1946.
14. Preguntas frecuentes
1. ¿Cuánto demora un divorcio de mutuo acuerdo en Chile?
Tramitado de plano, puede resolverse en 1 a 4 semanas. Con audiencias, el plazo es de 2 a 4 meses. La rapidez depende de la completitud de la documentación y la carga del tribunal.
Nuestros abogados preparan la documentación de forma rigurosa para maximizar las posibilidades de obtener sentencia de plano, sin audiencias, en el menor tiempo posible.
2. ¿Cuánto cuesta un divorcio de mutuo acuerdo?
Es la modalidad de divorcio más económica. El costo incluye los honorarios del abogado, certificados del Registro Civil y eventuales gastos notariales. Es significativamente más económico que un divorcio unilateral o por culpa.
Los honorarios varían según la existencia de hijos, el régimen patrimonial y la necesidad de regular compensación económica. Llámenos al +56 23 267 1946 para una cotización.
3. ¿Puedo usar el mismo abogado que mi cónyuge?
No. La ley exige que cada cónyuge cuente con su propio abogado patrocinante en el divorcio de mutuo acuerdo. Sin embargo, ambos abogados pueden pertenecer al mismo estudio jurídico, lo que facilita la coordinación y agiliza la tramitación.
En Schneider Abogados asignamos un abogado patrocinante distinto a cada cónyuge, cumpliendo con la exigencia legal y permitiendo que nuestro equipo gestione la totalidad del proceso de forma coordinada, eficiente y en el menor tiempo posible.
4. ¿Necesito ir al tribunal para el divorcio de mutuo acuerdo?
No necesariamente. Si se tramita de plano (art. 64 bis), todo se resuelve con la presentación electrónica de la demanda y documentos, sin necesidad de comparecer. Si se tramita con audiencias, los cónyuges o sus abogados deben comparecer, aunque pueden hacerlo por videoconferencia.
La tramitación electrónica permite gestionar el divorcio sin salir de casa. Nuestros abogados gestionan la totalidad del proceso de forma remota.
5. ¿Es obligatoria la mediación antes del divorcio de mutuo acuerdo?
No. La mediación familiar no es requisito previo obligatorio para el divorcio. Es obligatoria solo para alimentos, cuidado personal y visitas como materias autónomas. En el divorcio, estas materias se regulan dentro del mismo juicio.
La mediación voluntaria puede ser útil para resolver puntos pendientes antes de presentar la demanda, pero no es un requisito procesal.
6. ¿Qué pasa si el tribunal objeta el acuerdo?
Si el tribunal estima que el acuerdo no es completo o suficiente, puede solicitar modificaciones antes de dictar sentencia. Las objeciones más comunes se refieren a la insuficiencia de la pensión de alimentos o a la falta de regulación de alguna materia. El proceso se reanuda una vez corregido el acuerdo.
Nuestros abogados redactan el acuerdo anticipando las objeciones más frecuentes de los tribunales, minimizando el riesgo de devoluciones y retrasos.
7. ¿Cómo se acredita el cese de convivencia en el divorcio de mutuo acuerdo?
En el divorcio de mutuo acuerdo rige la libertad probatoria, por lo que el cese de convivencia puede acreditarse por cualquier medio idóneo: escritura pública de cese, acta ante el Registro Civil, contratos de arriendo separados, comprobantes de servicios básicos, certificados de domicilio, declaraciones juradas, testimonios, entre otros. No existe distinción según la fecha de celebración del matrimonio.
Nuestros abogados evalúan los medios probatorios disponibles en cada caso y preparan la combinación de pruebas más sólida para acreditar fehacientemente el cese ante el tribunal.
8. ¿Qué documentos necesito para el divorcio de mutuo acuerdo?
Los documentos básicos son: certificado de matrimonio actualizado, certificados de nacimiento de los hijos (si los hay), cédulas de identidad de ambos cónyuges, instrumento que acredite el cese de convivencia y el acuerdo completo y suficiente redactado por el abogado.
Nuestro equipo gestiona la obtención de certificados y asiste en la preparación de todos los documentos necesarios para la presentación de la demanda.
9. ¿Qué debe contener el acuerdo completo y suficiente?
Debe regular: pensión de alimentos de los hijos, cuidado personal, régimen de visitas, patria potestad, régimen patrimonial (liquidación de bienes si corresponde) y compensación económica.
Si los cónyuges no tienen hijos, el acuerdo solo debe regular las materias patrimoniales y la compensación económica. Nuestros abogados redactan el acuerdo cubriendo todas las materias exigidas por la ley.
10. ¿Puedo modificar la pensión de alimentos después del divorcio?
Sí. La pensión de alimentos puede modificarse judicialmente cuando cambian las circunstancias económicas del alimentante o las necesidades del hijo. Se puede solicitar aumento, rebaja o cese de alimentos mediante una nueva demanda ante el Tribunal de Familia.
Nuestros abogados representan tanto a quien solicita la modificación como a quien se opone a ella, presentando la prueba económica necesaria.
11. ¿El divorcio de mutuo acuerdo permite regular la sociedad conyugal?
Sí. El acuerdo completo y suficiente puede incluir la liquidación de la sociedad conyugal, estableciendo cómo se reparten los bienes gananciales. Si los cónyuges prefieren liquidar después, pueden limitar el acuerdo a las demás materias y tramitar la liquidación por escritura pública o juicio posterior.
Nuestros abogados evalúan la conveniencia de incluir la liquidación en el acuerdo de divorcio o tramitarla separadamente, según la complejidad de los bienes involucrados.
12. ¿Puedo divorciarme de mutuo acuerdo si vivo en otra ciudad?
Sí. La tramitación electrónica permite presentar la demanda desde cualquier lugar de Chile a través de la Oficina Judicial Virtual del Poder Judicial. Si se tramita de plano, no es necesario comparecer. Si se requiere audiencia, puede realizarse por videoconferencia.
Nuestro equipo gestiona divorcios de mutuo acuerdo para clientes de todo Chile, coordinando el proceso de forma remota.
13. ¿Cuánto tiempo debe llevar separado para el divorcio de mutuo acuerdo?
El artículo 55 de la Ley de Matrimonio Civil exige un cese efectivo de convivencia superior a 1 año. Este plazo debe acreditarse mediante cualquier medio de prueba idóneo, dado que en el divorcio de mutuo acuerdo rige la libertad probatoria. El cómputo del plazo se cuenta desde la fecha en que efectivamente se produjo la separación.
Si aún no ha cumplido el año de cese, nuestros abogados pueden asesorarlo en la formalización del cese mediante escritura pública u otro instrumento para iniciar el cómputo del plazo lo antes posible.
14. ¿Qué pasa si mi cónyuge cambia de opinión durante el proceso?
Si un cónyuge retira su consentimiento antes de la sentencia, el divorcio de mutuo acuerdo no puede continuar. En ese caso, habría que evaluar si procede un divorcio unilateral (si se cumplen los 3 años de cese) o un divorcio por culpa (si existe una causal).
Nuestros abogados evalúan las alternativas disponibles si el consenso se quiebra y reorientan la estrategia procesal según las circunstancias.
15. ¿Puedo renunciar a la compensación económica en el acuerdo?
Sí. La compensación económica es un derecho renunciable. La renuncia debe ser expresa en el acuerdo. Sin embargo, antes de renunciar, es fundamental evaluar si tiene derecho a ella, especialmente si se dedicó al hogar durante el matrimonio.
Nuestros abogados siempre recomiendan una evaluación previa de la procedencia y monto estimado de la compensación antes de decidir si renuncia o la incluye en el acuerdo.
16. ¿Cuándo se inscribe el divorcio en el Registro Civil?
Una vez ejecutoriada la sentencia (cuando no proceden más recursos), el tribunal oficia al Registro Civil para la subinscripción del divorcio al margen de la inscripción matrimonial. El trámite es de oficio y sin costo para las partes.
A partir de la subinscripción, ambos cónyuges adquieren el estado civil de divorciados y pueden contraer nuevas nupcias. Nuestros abogados verifican que la subinscripción se realice correctamente.
17. ¿El divorcio de mutuo acuerdo afecta la herencia?
Sí. Al divorciarse, los cónyuges pierden recíprocamente los derechos hereditarios que tenían en virtud del matrimonio. El cónyuge divorciado no es heredero legal del otro. Sin embargo, pueden beneficiarse mutuamente mediante testamento si así lo desean.
Es importante considerar este efecto al momento de firmar el acuerdo, especialmente si existen bienes importantes. Nuestros abogados evalúan las implicancias sucesorias del divorcio.
18. ¿Puedo incluir el cuidado compartido en el acuerdo?
Sí. El cuidado personal compartido puede establecerse en el acuerdo completo y suficiente. Los padres acuerdan que ambos ejercerán la crianza de forma equitativa, alternando la residencia del hijo según un calendario definido. Este acuerdo debe inscribirse en el Registro Civil.
Nuestros abogados redactan regímenes de cuidado compartido detallados, que incluyen distribución de tiempo, vacaciones, feriados y protocolos para la toma de decisiones importantes sobre los hijos.
19. ¿Qué pasa si no tengo acta de cese de convivencia?
No es indispensable contar con una escritura pública o acta formal de cese. En el divorcio de mutuo acuerdo rige la libertad probatoria, por lo que el cese puede acreditarse mediante cualquier medio idóneo: contratos de arriendo separados, comprobantes de servicios básicos, certificados de domicilio, declaraciones juradas o testimonios, entre otros.
Sin embargo, contar con un instrumento formal como una escritura pública de cese facilita significativamente la tramitación de plano. Nuestros abogados evalúan su situación específica y lo orientan sobre la forma más adecuada de acreditar el cese de convivencia, asesorándolo en la obtención de la prueba más sólida para su caso.
20. ¿El divorcio de mutuo acuerdo tiene alguna desventaja?
La principal limitación es que requiere el acuerdo de ambos cónyuges en todas las materias. Si existe desacuerdo en algún punto (alimentos, bienes, compensación), no es posible tramitarlo por esta vía y habría que recurrir a un divorcio unilateral o por culpa, que son más prolongados y costosos.
Nuestros abogados facilitan la negociación entre los cónyuges para alcanzar acuerdos en los puntos pendientes, maximizando las posibilidades de tramitar un divorcio consensuado rápido y económico.
15. Reseñas de clientes
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Última actualización: marzo de 2026.