Abogados especializados en Herencias
En Schneider Abogados somos especialistas en herencias en Chile, particiones de herencias de común acuerdo, aperturas de testamentos, posesiones efectivas testadas, redacción de testamentos, impugnaciones, liquidaciones y juicios de herencias y partición. Velamos por sus derechos familiares y personales.
¿Que es la sucesión por causa de muerte?
La sucesión por causa de muerte consiste en la forma de adquirir el dominio de los bienes que le pertenecían a una persona difunta, ya sea respecto a todo el patrimonio que le pertenecía, una cuota de dicho patrimonio, cosas determinadas, o cosas indeterminadas, pero de un género determinado.
Teniendo en consideración lo anterior, se debe comprender que las personas que son llamadas a suceder al causante a través de la sucesión por causa de muerte pueden ser de dos clases: herederos y legatarios.
Herencias en Chile
¿En que se diferencian los herederos y los legatarios?
Los herederos suceden en todo el patrimonio del causante, es decir, en el conjunto de derechos y obligaciones transmisibles o en una cuota de este. El heredero no recibe bienes determinados, sino que la totalidad o una cuota de la herencia, pasando a ocupar el lugar jurídico del causante tanto respecto a los bienes como a las deudas del difunto.
Por su parte, los legatarios suceden únicamente respecto a bienes determinados a través de un testamento y no se hacen responsables de las deudas del causante (no representan al causante).
¿Cómo se adquiere la facultad para suceder en el patrimonio del causante?
Lo usual es que el derecho real de herencia sea adquirido por la sucesión por causa de muerte, significando que el heredero lo adquiera por el sólo hecho del fallecimiento del causante. Se debe entender que la herencia no siempre significa un beneficio para el heredero debido a que puede venir cargada más por deudas que por bienes, es por ello que el heredero podrá aceptar o rechazar el derecho con posterioridad a la muerte del causante.
¿Cuáles son los requisitos para suceder por causa de muerte?
Los requisitos son que la persona debe ser capaz de suceder, debe ser digno de suceder, y debe ser una persona cierta y determinada.
Abogado Especialista en Derechos Hereditarios, Posesiones Efectivas de Herencias y Testamentos
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