El Contrato de Outsorsing, también denominado Contrato de Colaboración Externa Empresarial es aquel en que un comitente encarga a un contratista – o colaborador – la realización de ciertos servicios que habitualmente serían realizados por el comitente en el marco de su proceso productivo. Lo anterior implica una adquisición sistemática, mediante proveedores externos, de ciertos bienes o servicios necesarios para el funcionamiento operativo de una empresa, siempre que hayan sido previamente producidos por la propia empresa o ésta se halle en condiciones de hacerlo, y se trate de bienes o servicios vinculados a su actividad.
Las partes que se verifican en este contrato son el “comitente” que es el individuo que realiza el encargo de la realización de las acciones productivas delegadas, y el “Contratista” enfocado a desarrollar las actuaciones encomendadas por el comitente.
Los objetivos que se esperan con el Contrato de Outsoursing son lograr una producción a menores costos, rentabilidad de activos (reduce el inmovilizado material), flexibilidad y competitividad, así como especialización y modernización.
Ahora, en cuanto a las actividades normalmente comprendidas en este contrato encontramos servicios de carácter administrativo, servicios contables fiscales y jurídicos, servicios de seguridad, servicios de manteniemiento y limpieza, suministro de maquinaria, su manteniemiento y asistencia técnica asociada, así como subcontratación para servicios de inversión.
En Schneider Abogados contamos con un equipo letrado especialista en redacción, revisión y negociación de los Contratos de Outsorsing, que se requieren de acuerdo a sus intereses. Los honorarios de Schneider Abogados para la redacción, revisión y negociación de instrumentos son variables y se avalúan en atención al número de horas que se requieren para otorgar al cliente un instrumento perfeccionado.