Contrato de Mandato en Chile

Contrato de Mandato Abogado ChileEl Contrato de Mandato y Soluciones

El contrato de mandato es un acuerdo legal en el que una persona, conocida como mandante, confía la gestión de uno o más negocios a otra persona, conocida como mandatario, quien se hace cargo de ellos por cuenta y riesgo del mandante. Esto significa que el objetivo del contrato de mandato es permitir que una persona delegue la responsabilidad de realizar ciertas tareas o negocios en otra persona, quien actúa en nombre del mandante y en su interés.

Este tipo de contrato se utiliza en una variedad de situaciones y puede tener varios efectos legales, como la obligación de actuar con la debida diligencia y cuidado, la obligación eventual de pagar una remuneración y la obligación de rendir cuentas.

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Clases de Mandato

Existen tres clases de mandato: el mandato general y especial; el mandato definido e indefinido; y el mandato judicial y extrajudicial. A continuación, exploraremos en detalle cada una de estas categorías de mandato.

1. Mandato general y especial:

El mandato general es aquel en el que el mandante otorga al mandatario poderes amplios y generales para realizar cualquier acto que esté dentro del objeto del mandato. Por otro lado, el mandato especial es aquel en el que el mandante otorga al mandatario poderes específicos y limitados para realizar un acto o una serie de actos jurídicos determinados.

Por ejemplo, si un mandante otorga un mandato general a un mandatario para que administre su negocio, el mandatario tendrá poderes amplios y generales para realizar cualquier acto que esté dentro del objeto del mandato, como contratar trabajadores, comprar suministros, firmar contratos, etc. Por otro lado, si el mandante otorga un mandato especial a un mandatario para que venda una propiedad en particular, el mandatario tendrá poderes específicos y limitados para realizar ese acto jurídico determinado, es decir, vender esa propiedad en particular.

2. Mandato definido e indefinido:

El mandato definido es aquel en el que el mandante otorga al mandatario poderes para realizar un acto jurídico determinado o una serie de actos jurídicos determinados. Por otro lado, el mandato indefinido es aquel en el que el mandante otorga al mandatario poderes para realizar cualquier acto que esté dentro del objeto del mandato, sin especificar ningún acto jurídico determinado.

Por ejemplo, si un mandante otorga un mandato a un mandatario para que administre su negocio, sin especificar qué facultades o atribuciones tiene el mandatario para realizar esa tarea. En este caso, el mandatario tendría poderes para realizar cualquier acto que esté dentro del objeto del mandato, como contratar servicios, comprar suministros, firmar contratos, etc., pero no se especifica qué facultades o atribuciones tiene el mandatario para realizar esas tareas.

3. Mandato judicial y extrajudicial:

El mandato judicial es aquel que se otorga en el marco de un proceso judicial, y tiene como finalidad representar al mandante en el proceso. Por otro lado, el mandato extrajudicial es aquel que se otorga fuera del marco de un proceso judicial, y tiene como finalidad representar al mandante en la realización de negocios o actos jurídicos determinados.

Por ejemplo, si un mandante otorga un mandato judicial a un abogado para que lo represente en un proceso judicial, el abogado tendrá poderes para actuar en nombre del mandante en ese proceso judicial en particular. Por otro lado, si el mandante otorga un mandato extrajudicial a un mandatario para celebrar un contrato y cumplir con determinadas solemnidades, el mandatario tendrá poderes para realizar ese acto jurídico determinado, es decir, celebrar el contrato y practicar inscripciones en determinados registros públicos.

Derechos y Obligaciones del Mandante y Mandatario en un Contrato de Mandato

Es importante recordar que los derechos y obligaciones específicos pueden variar en función del tipo de mandato y las circunstancias del caso. En todos los casos, es esencial que ambas partes cumplan con sus respectivas obligaciones para garantizar una relación contractual efectiva y beneficiosa.

Derechos y Obligaciones del Mandante

El mandante, la parte que otorga el mandato, tiene tanto derechos como obligaciones.

Derechos del Mandante

  1. Exigir cumplimiento del mandato: El mandante puede requerir que el mandatario ejecute las responsabilidades asignadas correctamente y a tiempo.
  2. Recibir informes de gestión: El mandante tiene derecho a ser informado sobre las acciones y resultados obtenidos por el mandatario.
  3. Recibir cesión de derechos adquiridos: Tras la ejecución del mandato, el mandante puede solicitar la transferencia de derechos y obligaciones adquiridas por el mandatario en su nombre.

Obligaciones del Mandante

  1. Proveer medios necesarios: El mandante debe proporcionar los recursos necesarios para que el mandatario pueda cumplir con el mandato.
  2. Pagar la remuneración acordada: A menos que se haya estipulado lo contrario, el mandante debe pagar al mandatario por los servicios prestados.
  3. Cumplir con las obligaciones adquiridas: El mandante debe cumplir con las obligaciones contraídas por el mandatario en su nombre.
  4. Indemnizar al mandatario: Si el mandante incumple sus obligaciones y causa daños al mandatario, debe indemnizarle.

Derechos y Obligaciones del Mandatario

El mandatario, la persona que recibe el mandato para actuar en nombre del mandante, también tiene derechos y obligaciones.

Derechos del Mandatario

  1. Recibir remuneración: A menos que se acuerde lo contrario, el mandatario tiene derecho a una remuneración por sus servicios.
  2. Recibir medios necesarios: El mandatario tiene derecho a recibir los recursos necesarios para cumplir con el mandato.
  3. Actuar en nombre del mandante: El mandatario tiene derecho a actuar en nombre del mandante, siempre que se ajuste a los términos del mandato.

Obligaciones del Mandatario

  1. Ejecutar el mandato según lo acordado: El mandatario debe cumplir con las tareas asignadas de acuerdo a los términos especificados por el mandante.
  2. Apegarse a los términos del mandato: El mandatario debe adherirse estrictamente a los términos del mandato, sin exceder los límites de su autoridad.
  3. Rendir cuentas: El mandatario debe informar al mandante sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos.
  4. Transferir derechos y obligaciones: Tras cumplir con el mandato, el mandatario debe transferir al mandante los derechos y obligaciones adquiridos durante su gestión.
  5. Actuar con diligencia y cuidado: El mandatario debe actuar con diligencia y precaución, siempre buscando la mejor ejecución del mandato y evitando causar daño al mandante.
  6. Mantener la confidencialidad: El mandatario está obligado a mantener en secreto la información confidencial obtenida durante el mandato, y no puede compartirla sin el consentimiento del mandante.
  7. Indemnizar al mandante: Si el mandatario incumple sus obligaciones y causa daños al mandante, tiene la obligación de indemnizarlo.

El Mandatario y su Responsabilidad en el Contrato de Mandato en Chile

En el marco de un contrato de mandato, la figura del mandatario es esencial. Este personaje tiene la responsabilidad de actuar con diligencia y precaución, cumpliendo con el mandato y respondiendo por cualquier daño o perjuicio que pueda causar al mandante debido a su negligencia o culpa. Esta responsabilidad del mandatario es un aspecto vital en el contrato de mandato en Chile.

La responsabilidad del mandatario puede variar dependiendo de las circunstancias específicas de cada caso. Factores como el tipo de mandato, la remuneración del mandatario, y su capacidad, pueden afectar el grado de responsabilidad.

El mandatario también tiene la obligación de rendir cuentas al mandante. Si el mandatario no cumple con esta obligación, puede enfrentarse a una demanda por parte del mandante. Es fundamental que el mandatario presente la cuenta en el plazo estipulado. En caso de no hacerlo, el mandante puede formularla, otorgándole al mandatario un plazo para objetarla. Si no se presentan objeciones, la cuenta se considerará aprobada. Sin embargo, si se presentan objeciones, el juicio continuará. En este proceso, la omisión del mandatario de presentar la cuenta se considera como una presunción grave para establecer la verdad de las partidas objetadas.

Es interesante notar que la responsabilidad del mandatario puede ser más estricta en el caso de un mandatario remunerado. En otras situaciones, si el mandatario ha manifestado repugnancia al encargo y se ha visto obligado a aceptarlo, su responsabilidad puede ser menos estricta.

En algunos casos, el mandatario actúa en representación del mandante. En tales situaciones, es el mandante quien resulta directamente obligado frente a quien contrata con el mandatario y frente a terceros. Sin embargo, si el mandatario actúa a nombre propio, es él quien asume las obligaciones y no el mandante. A pesar de esto, la relación jurídica entre el mandatario y el mandante sigue vigente. En cualquier escenario, al rendir cuentas, el mandatario tiene la obligación de transferir al mandante las obligaciones adquiridas durante la ejecución del mandato.

Cabe destacar que, en Chile, en contratos de mandato, la responsabilidad del mandatario es un tema de suma importancia y se rige por las disposiciones del Código Civil. Las implicaciones legales de no cumplir con las obligaciones son serias y pueden resultar en procedimientos judiciales. Por ello, es crucial para las partes involucradas en un contrato de mandato comprender a cabalidad sus derechos y obligaciones.

Alcances y Limitaciones del Contrato de Mandato en Chile

El contrato de mandato es un acuerdo legal que otorga al mandatario la facultad de actuar en nombre del mandante. Sin embargo, esta facultad no es ilimitada. Existen límites inherentes que están regulados por la ley y están definidos en el propio contrato de mandato. Estos límites buscan evitar que el mandatario realice acciones que excedan las atribuciones establecidas por el mandante o que entren en conflicto con los intereses del mandante.

En términos generales, el mandatario sólo puede operar dentro de las áreas específicas acordadas en el contrato de mandato. Por ejemplo, si el mandante ha designado al mandatario para vender una propiedad, el mandatario sólo tiene autoridad para actuar en nombre del mandante en asuntos relacionados con la venta de esa propiedad. No tiene la facultad de tomar decisiones en otras áreas no relacionadas con la venta de la propiedad.

Existen también áreas de acción que están fuera del alcance del mandatario, incluso si se mencionan en el contrato de mandato. Estas áreas son imperativas y están establecidas por la ley. Por ejemplo, en el contrato de compra-venta, el mandatario no puede comprar para sí mismo los bienes que el mandante le ha encomendado vender, ni vender al mandante los bienes propios que este último le ha ordenado comprar, a menos que cuente con la aprobación expresa del mandante.

Duración y término del Contrato de Mandato

La duración del contrato de mandato puede ser por un período determinado o indefinido, dependiendo de lo que se haya acordado entre las partes en el contrato. En caso de que se haya establecido un plazo determinado, el mandato terminará automáticamente al vencimiento de dicho plazo. Si no se ha establecido un plazo determinado, el mandato se entenderá celebrado por tiempo indefinido.

El mandato también puede terminar por diversas causas, como, por ejemplo:

a- Cumplimiento del cometido: El mandato termina automáticamente una vez que se ha cumplido el cometido para el cual fue otorgado.

b- Mutuo acuerdo: Las partes pueden acordar terminar el mandato en cualquier momento, siempre y cuando se cumplan las formalidades establecidas en el contrato de mandato.

c- Revocación del mandante: El mandante puede revocar el mandato en cualquier momento, siempre y cuando se cumplan las formalidades establecidas en el contrato de mandato.

d- Renuncia del mandatario: El mandatario puede renunciar al mandato en cualquier momento, siempre y cuando se cumplan las formalidades establecidas en el contrato de mandato.

e- Incumplimiento de alguna de las partes: Si alguna de las partes incumple con sus obligaciones en el marco del mandato, la otra parte puede dar por terminado el mandato y exigir la correspondiente indemnización por los daños y perjuicios sufridos.

f- Imposibilidad de cumplimiento: Si el cumplimiento del mandato se vuelve imposible por causas ajenas a la voluntad de las partes, el mandato se extinguirá.

g- Fallecimiento o incapacidad del mandante o mandatario: En caso de fallecimiento o incapacidad del mandante o mandatario, el mandato se extinguirá automáticamente, salvo que se haya establecido lo contrario en el contrato de mandato.

h- Cambio de circunstancias: Si se producen cambios significativos en las circunstancias que motivaron la celebración del mandato, las partes pueden acordar su terminación o modificación.

Es importante tener en cuenta que, en caso de que el mandato se haya otorgado para la realización de un negocio jurídico específico, la terminación del mandato no afectará la validez del negocio jurídico ya realizado, siempre y cuando se hayan cumplido todas las formalidades legales correspondientes.

Además, es relevante considerar que las condiciones de duración y terminación del mandato pueden variar dependiendo del tipo de mandato y de las circunstancias específicas de cada caso. Por lo tanto, es recomendable revisar detalladamente el contrato de mandato y la legislación aplicable antes de tomar cualquier decisión en relación con la duración o terminación del mandato.

¿Qué ocurre en caso de fallecimiento del mandante y mandatario?

En caso de fallecimiento del mandante, el mandato se extinguirá automáticamente, salvo que se haya establecido lo contrario en el contrato de mandato. Sin embargo, si el mandato se ha otorgado para la realización de un negocio jurídico específico, la terminación del mandato no afectará la validez del negocio jurídico ya realizado, siempre y cuando se hayan cumplido todas las formalidades legales correspondientes.

En caso de fallecimiento del mandatario, la situación es distinta. Si el mandato se ha otorgado para cobrar un crédito, la muerte del mandatario designado para cobrar el crédito pone fin al mandato, salvo si el acreedor hubiere expresado que continuará el mandato, trasmitiéndose la facultad de recibir el pago a los herederos de la persona diputada para cobrar la deuda. En este caso, los herederos del mandatario que fueren hábiles para la administración de sus bienes tienen dos obligaciones: darán aviso inmediato del fallecimiento del mandatario al mandante, y harán a favor de éste lo que puedan y las circunstancias exijan. La omisión de estas obligaciones hará a los herederos del mandatario responsables de los perjuicios.

Es importante tener en consideración que en caso de fallecimiento del mandante o del mandatario, es necesario cumplir con ciertos requisitos legales para evitar posibles problemas futuros. En caso de fallecimiento del mandante, es recomendable que los herederos del mandante den aviso inmediato al mandatario y a los terceros que puedan estar involucrados en el mandato, y que se realice un inventario de los bienes y documentos relacionados con el mandato. En caso de fallecimiento del mandatario, es recomendable que los herederos del mandatario den aviso inmediato al mandante y que se adopten las medidas necesarias para proteger los intereses del mandante.

Respuestas a Preguntas Frecuentes: Contrato de Mandato

  1. ¿Qué es el mandato y cuál es su finalidad? El mandato es un contrato en el que una persona (mandante) encarga a otra (mandatario) la realización de un acto jurídico en su nombre y representación. Su finalidad es permitir que el mandante pueda realizar ciertos actos jurídicos sin tener que hacerlo personalmente.
  1. ¿Cuáles son los elementos esenciales del contrato de mandato? Los elementos esenciales del contrato de mandato son: el consentimiento de las partes, el objeto del mandato, la representación del mandante por parte del mandatario, y la obligación del mandatario de actuar en nombre del mandante.
  1. ¿Qué es el mandato expreso y tácito? El mandato expreso es aquel en el que las partes acuerdan expresamente los términos del mandato, mientras que el mandato tácito se da cuando el mandante no se opone a que el mandatario actúe en su nombre.
  1. ¿Qué es el mandato verbal y cuáles son sus características? El mandato verbal es aquel que se otorga de forma oral, sin necesidad de que se formalice por escrito. Sus características son que es un contrato consensual, que puede ser tácito o expreso, y que puede ser revocado en cualquier momento.
  1. ¿Qué es el mandato escrito y cuáles son sus características? El mandato escrito es aquel que se formaliza por escrito, y que puede ser otorgado de forma expresa o tácita. Sus características son que es un contrato formal, y que debe cumplir con ciertos requisitos legales.
  1. ¿Qué es el mandato especial y cuáles son sus características? El mandato especial es aquel en el que se encarga al mandatario la realización de un acto jurídico específico y determinado. Sus características son que el mandatario solo tiene facultades para realizar ese acto en particular, y que una vez que se ha realizado el acto, el mandato se extingue.
  1. ¿Qué es el mandato general y cuáles son sus características? El mandato general es aquel en el que se encarga al mandatario la realización de una serie de actos jurídicos en nombre del mandante. Sus características son que el mandatario tiene facultades para realizar una serie de actos en nombre del mandante, y que el mandato puede ser revocado en cualquier momento.
  1. ¿Qué es la representación en el contrato de mandato? La representación en el contrato de mandato es la facultad que tiene el mandatario de actuar en nombre y representación del mandante. Esto significa que el mandatario tiene la capacidad de realizar actos jurídicos en nombre del mandante, y que el mandante queda obligado por dichos actos.
  1. ¿Qué obligaciones tiene el mandatario en el contrato de mandato? El mandatario tiene la obligación de actuar en nombre y representación del mandante, de cumplir con las instrucciones del mandante, de rendir cuentas al mandante, y de actuar con diligencia y cuidado en el cumplimiento del mandato.
  1. ¿Qué obligaciones tiene el mandante en el contrato de mandato? El mandante tiene la obligación de pagar al mandatario por los servicios prestados en caso de pactarse, de proporcionar al mandatario las instrucciones necesarias para el cumplimiento del mandato, y de aceptar los actos realizados por el mandatario en su nombre.
  1. ¿Qué es la remuneración en el contrato de mandato? La remuneración en el contrato de mandato es la compensación que recibe el mandatario por los servicios prestados. Esta remuneración puede ser fija o variable, y debe ser acordada por las partes al momento de celebrar el contrato.
  1. ¿Qué es la revocación del mandato y cuáles son sus efectos? La revocación del mandato es la facultad que tiene el mandante de poner fin al contrato de mandato en cualquier momento. Los efectos de la revocación son que el mandatario queda liberado de sus obligaciones, y que el mandante debe eventualmente indemnizar al mandatario por los gastos y daños sufridos como consecuencia de la revocación.
  1. ¿Qué es la renuncia del mandatario y cuáles son sus efectos? La renuncia del mandatario es la facultad que tiene este de poner fin al contrato de mandato en cualquier momento. Los efectos de la renuncia son que el mandatario queda liberado de sus obligaciones, y que el mandante debe indemnizar eventualmente al mandatario por los gastos y daños sufridos como consecuencia de la renuncia.

  2. ¿Qué es la sustitución del mandatario y cuáles son sus efectos? La sustitución del mandatario es la facultad que tiene este de designar a otra persona para que lo sustituya en el cumplimiento del mandato. Los efectos de la sustitución son que el sustituto queda obligado por el mandato, y que el mandatario original queda liberado de sus obligaciones.
  1. ¿Qué es la delegación del mandatario y cuáles son sus efectos? La delegación del mandatario es la facultad que tiene este de encargar a otra persona la realización de una parte del mandato. Los efectos de la delegación son que el delegado queda obligado por el mandato, y que el mandatario original sigue siendo responsable por el cumplimiento del mandato en su totalidad.
  1. ¿Qué es la ratificación del mandato y cuáles son sus efectos? La ratificación del mandato es la facultad que tiene el mandante de aceptar los actos realizados por el mandatario en su nombre. Los efectos de la ratificación son que el mandante queda obligado por los actos realizados por el mandatario, y que el mandatario queda liberado de sus obligaciones.
  1. ¿Qué es la responsabilidad del mandatario en el contrato de mandato? La responsabilidad del mandatario en el contrato de mandato es la obligación que tiene este de actuar con diligencia y cuidado en el cumplimiento del mandato. Si el mandatario incumple con sus obligaciones, puede ser responsable por los daños y perjuicios causados al mandante.
  1. ¿Qué es la responsabilidad del mandante en el contrato de mandato? La responsabilidad del mandante en el contrato de mandato es la obligación que tiene este de pagar al mandatario por los servicios prestados en caso de pactarse, de proporcionar al mandatario las instrucciones necesarias para el cumplimiento del mandato, y de aceptar los actos realizados por el mandatario en su nombre. Si el mandante incumple con sus obligaciones, puede ser responsable por los daños y perjuicios causados al mandatario.
  1. ¿Qué es el mandato gratuito y cuáles son sus características? El mandato gratuito es aquel en el que el mandatario no recibe remuneración por los servicios prestados. Sus características son que el mandante no está obligado a pagar al mandatario, que el mandatario sigue teniendo las mismas obligaciones que en un mandato oneroso, y que el mandato sigue siendo bilateral.
  1. ¿Qué es el mandato oneroso y cuáles son sus características? El mandato oneroso es aquel en el que el mandatario recibe remuneración por los servicios prestados. Sus características son que el mandante está obligado a pagar al mandatario, que el mandatario sigue teniendo las mismas obligaciones que en un mandato gratuito, y que el mandato sigue siendo bilateral.
  1. ¿Qué es la extinción del mandato y cuáles son sus causas? La extinción del mandato es la finalización del contrato de mandato. Las causas de extinción son: la revocación del mandato, la renuncia del mandatario, la muerte o incapacidad del mandante o del mandatario, la terminación del plazo del mandato, la realización del objeto del mandato, y la imposibilidad de cumplimiento del mandato.
  1. ¿Qué es la representación sin mandato y cuáles son sus características? La representación sin mandato es la situación en la que una persona actúa en nombre y representación de otra sin tener la facultad de hacerlo. Sus características son que la persona que actúa sin mandato no tiene la capacidad de obligar al representado, y que el representado puede ratificar o rechazar los actos realizados en su nombre por la persona que actuó sin mandato. Además, la persona que actuó sin mandato puede ser responsable por los daños y perjuicios causados al representado.

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