Adopción en Chile

 

En Schneider Abogados, somos especialistas en el área de adopción y contamos con un equipo de profesionales altamente capacitados y con amplia experiencia en la materia. Nos encargamos de guiar y asesorar a nuestros clientes en todo el proceso de adopción, desde la evaluación de los requisitos necesarios hasta la finalización de la gestión. Nos aseguramos de que nuestros clientes tengan toda la información y asesoría necesaria para tomar decisiones informadas y seguras en este proceso tan importante.

La adopción es una medida que tiene por objeto proteger el bienestar y el desarrollo integral del niño, niña o adolescente, brindándoles un hogar amoroso y seguro donde se les proporcionan todos los cuidados y atenciones necesarias para satisfacer sus necesidades espirituales y materiales. Esta medida se toma siempre teniendo en cuenta el interés superior del niño, que es el valor más importante que debe guiar todas las decisiones que afecten su vida y su futuro.

El programa de adopción establecido en Chile implica un conjunto de actividades encaminadas a encontrar una familia responsable para un niño, niña o adolescente. Estas actividades son llevadas a cabo por el Servicio Nacional de Menores y organismos acreditados ante él, y están a cargo de profesionales altamente especializados y capacitados en la materia.

El programa incluye principalmente el apoyo y orientación a la familia de origen del niño, niña o adolescente, el cuidado y protección del niño, niña o adolescente, la evaluación técnica de los solicitantes de adopción y la preparación para convertirse en una familia adoptiva adecuada.

Ahora, ¿Qué personas pueden ser adoptantes y adoptadas?

De acuerdo al artículo 8º, sólo pueden ser adoptadas aquellas personas menores de 18 años cuyos padres no están capacitados o en condiciones de hacerse cargo responsablemente de ellos y que expresen su voluntad de entregarlos en adopción ante el juez competente; los niños y niñas que son descendientes consanguíneos de uno de los adoptantes, de conformidad con los requisitos legales; y los niños y niñas que hayan sido declarados susceptibles de ser adoptados por resolución judicial del tribunal competente.

En cuanto a los adoptantes, la ley chilena establece una preferencia. Así, en primer lugar, podrán adoptar matrimonios chilenos o extranjeros con residencia permanente en Chile. Si no hay matrimonios disponibles, pueden adoptar cónyuges chilenos o extranjeros no residentes en Chile.

Ahora, si no hay matrimonios ni cónyuges disponibles, pueden postular personas solteras, divorciadas o viudas, chilenas o extranjeras, con residencia permanente en el país.

¿Cómo es el procedimiento de adopción?

Antes de iniciar el proceso de adopción propiamente tal, es necesario que el niño o niña haya sido declarado apto para ser adoptado por medio de un procedimiento judicial que evalúa la situación del niño con respecto a su familia de origen y que además contempla la posibilidad de que dicha familia se oponga y haga valer sus derechos. Este proceso puede iniciarse por el juez, por solicitud del Servicio Nacional de Menores o por cualquier organismo acreditado a cargo del niño, o bien por las personas naturales o jurídicas que tengan al niño a su cargo.

Finalizado el trámite judicial anterior (denominado como procedimiento de susceptibilidad de adopción, se debe iniciar el trámite de adopción a través de la presentación de la solicitud ante el Juzgado de Familia del domicilio del niño.

¿Se requiere de abogado para realizar los trámites de adopción?

Efectivamente, es necesaria la representación de un abogado que sea especialista en la materia, dada la complejidad de la misma.

¿Cuánto dura el trámite de adopción?

De acuerdo con datos del Sename, el tiempo promedio de espera para ser considerados como una opción de familia para un niño después de ser evaluados como idóneos y agregados al registro es de 12 a 18 meses aproximadamente. Sin embargo, este plazo puede variar dependiendo de diversos factores.

Una vez seleccionada una familia para el niño, normalmente se le confía el cuidado personal en un plazo que varía según la disponibilidad del tribunal para fijar la audiencia correspondiente. Luego, se lleva a cabo el proceso de adopción, cuyo plazo también puede variar dependiendo de la fijación de audiencias y el cumplimiento de los trámites ordenados por la sentencia judicial de adopción.

¿Pueden los abuelos adoptar a su nieto como hijo?

Sí, deben cumplir con el requisito general de haber sido evaluados como idóneos y tendrán preferencia sobre otras personas interesadas en adoptar al niño.

¿Qué sucede si, antes de finalizar el proceso de adopción, uno de los cónyuges muere, se separa o se divorcia?

Si el cónyuge fallecido había iniciado los trámites de adopción o había manifestado su voluntad de adoptar, se entenderá que la adopción ha sido realizada por ambos cónyuges. Lo mismo ocurre con los cónyuges que se separan judicialmente o se divorcian después de iniciar el trámite de adopción.

Si requiere de asistencia de un Abogado especialista en adopciones, puede hacerlo llamando a nuestro número telefónico +56232671946, completar el formulario de contacto, o escribiéndonos al correo: contacto@schneiderabogados.cl.  
 
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Abogada de familia en Chile
Javiera Ignacia González
Jefa Departamento de Derecho de Familia.
Abogada, Título otorgado por la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.
Diplomado de Derecho de Familia, Pontificia Universidad Católica de Chile.
Diplomado Infancia y Niñez, Instituto de Estudio Judiciales IEJ
Magister en Derecho de Familia y Derecho de la Infancia y Adolescencia, Universidad de Chile.
Ex Curadora Ad Litem, Centro Regional por los Derechos del Niño.

Abogada de Familia en Santiago
Cristina Isidora Cabaña Osorio
Abogada, Título otorgado por la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.
Diplomado de Derecho de Familia, Pontificia Universidad Católica de Chile.
Diplomado Infancia y Niñez, Instituto de Estudio Judiciales IEJ
Magister en Derecho de la Infancia y Adolescencia, Universidad de Chile.
Co-fundadora de Fundación Defensoría de la Mujer.

Abogada Consuelo Pihan
Consuelo Pihán Aedo
Abogada, Título otorgado por la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.
Diplomado Infancia y Niñez, Instituto de Estudio Judiciales IEJ
Diplomado en Derecho Corporativo y Compliance, Universidad de Los Andes.
Magister en Derecho Privado, Universidad de Concepción.

Matías Herrera
Matías Herrera Olivares

Abogado, Título otorgado por la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.
Diplomado en Derecho de Familia, Instituto de Estudio Judiciales IEJ


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