Pensión de Alimentos en Chile

La pensión de alimentos es un derecho que tienen ciertas personas en estado de necesidad para exigir los medios materiales necesarios para su subsistencia y bienestar. En Chile, este derecho se establece como la obligación de proporcionar a los parientes más cercanos los medios para satisfacer sus necesidades básicas, tales como alimentación, vestimenta, vivienda, educación, salud y otros requerimientos que contribuyan al pleno desarrollo de la persona.

La obligación de pagar alimentos no solo recae sobre los padres, sino que también puede ser exigida a otros parientes cercanos, como hijos, abuelos, cónyuge y hermanos.

Este derecho puede surgir de un acuerdo entre las partes, autorizado por el Juzgado de familia, o como consecuencia de una demanda presentada ante dicho Juzgado. Es importante tener en cuenta que el monto de la pensión debe establecerse de manera objetiva, tomando en cuenta la capacidad económica del obligado y las necesidades de la persona que los recibe.

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Monto mínimo y máximo de la Pensión de Alimentos en Chile

En cuanto al monto mínimo de la pensión de alimentos en Chile, cuando existe un hijo, es del 40% de un ingreso mínimo, mientras que cuando hay dos o más hijos, el monto mínimo por cada uno de ellos equivale al 30% de un ingreso mínimo. Actualmente, esto significa que la pensión de alimentos mínima es de $276.000 para un hijo y $184.000 por cada hijo cuando existen dos o más hijos.

 A partir de julio de 2024, cuando el salario mínimo aumente a $500.000, el monto mínimo de la pensión de alimentos también se ajustará. En ese momento, la pensión de alimentos mínima será de $200.000 para un hijo y $300.000 para cada hijo cuando existan dos o más hijos.

Es importante destacar que estos montos son sólo un punto de partida, y pueden ser ajustados según las necesidades específicas de cada niño, niña o adolescente, así como también las posibilidades económicas de quien debe pagar la pensión.

El importe máximo de la pensión alimenticia corresponde al 50% de los ingresos de la parte obligada. Esta legislación garantiza que la responsabilidad de la manutención de los hijos no se convierta en una carga financiera insoportable, asegurando al mismo tiempo que las necesidades del niño estén adecuadamente cubiertas.Además, existe un monto máximo que equivale al 50% de los ingresos del obligado a pagar la pensión.

Ahora, cuando los obligados a proporcionar alimentos se encuentran en el mismo grado de parentesco con respecto al alimentario, como es el caso de los padres respecto a sus hijos, aquel que tenga una situación económica más favorable deberá contribuir en mayor medida a las necesidades del beneficiario de alimentos.

En caso de incumplimiento de la pensión alimenticia, la ley estipula diversas medidas coercitivas para obligar al deudor a cumplir su obligación de pago. Estas medidas incluyen, además de la inscripción en el Registro de Deudores de Pensiones de Alimentos, la detención del deudor, la suspensión de su permiso de conducir, la presentación de una demanda ejecutiva, la retención judicial de parte del salario, la prohibición de salir del país, la retención de las devoluciones de impuestos y otras sanciones como multas y privación de derechos y privilegios.

La Pensión de Alimentos en Chile: Guía Completa

En Chile, existen tres vías principales para establecer, aumentar, rebajar y poner término a los alimentos: el mutuo acuerdo, la mediación y los procedimientos judiciales llevados a cabo a través de los Tribunales de Familia.

En caso de optar por un acuerdo mutuo, los padres, conjuntamente, determinan el importe, la fecha de pago y las prestaciones que conlleva la pensión alimenticia. Este acuerdo, preparado por un abogado, se presenta directamente al Tribunal de Familia para su autorización. Aunque este método es menos contencioso, requiere una comprensión clara y completa de los derechos y responsabilidades de cada parte. Es importante recordar que este proceso no sólo sirve para iniciar la pensión alimenticia, sino que también puede utilizarse para aumentarla, reducirla o extinguirla.

La misma comprensión es necesaria en el caso de la mediación. La mediación es un proceso en el que un tercero neutral ayuda al pagador y al receptor a llegar a un acuerdo sobre la pensión alimenticia. Este proceso sirve de plataforma para la negociación, permitiendo a ambas partes discutir y ajustar los términos de la pensión alimenticia, ya sea iniciándola, aumentándola, disminuyéndola o terminándola.

Si, por el contrario, se opta por seguir el procedimiento legal, un abogado especializado, en nombre del progenitor custodio o del beneficiario (si es mayor de 18 años), presentará una demanda de pensión alimenticia ante el Juzgado de Familia correspondiente al domicilio del demandado. Este tribunal evalúa la situación económica de ambos progenitores y las necesidades del niño o adolescente. Basándose en esta evaluación, el tribunal determina la cuantía de la pensión alimenticia, que debe ser suficiente para satisfacer las necesidades del beneficiario. Esta vía judicial no se limita a establecer la pensión alimenticia, sino que también permite modificarla o termianarla cuando sea necesario.

En este exhaustivo compendio, profundizaremos en los diversos aspectos de la pensión alimenticia en Chile, explorando su implementación, posibles variaciones y las circunstancias que pueden llevar a su finalización o reducción. Apesar de que un acuerdo mutuo puede simplificar el proceso, es crucial que ambos padres estén plenamente conscientes de sus derechos y responsabilidades.

Para ilustrar la importancia de este tema, cabe destacar que, según estadísticas recientes, más del 40% de las demandas presentadas en los tribunales de familia en Chile están relacionadas con la pensión alimenticia. Esta cifra pone de relieve la relevancia de este tema en nuestra sociedad y subraya la necesidad de conocer a fondo nuestros derechos y responsabilidades al respecto.

Requisitos para Solicitar una Pensión de Alimentos para los Hijos en Chile

Establecer una pensión alimenticia para los hijos en Chile es un proceso que puede variar dependiendo de las circunstancias individuales de cada familia. Las partes involucradas pueden llegar a un acuerdo mutuo respecto al monto de la pensión, determinarse a través de una mediación, o en caso de no lograr un consenso, una demanda puede ser presentada ante los Tribunales de Familia.

A) Acuerdo Mutuo:

Si los progenitores llegan a un consenso sobre el monto de la pensión alimenticia, este acuerdo debe ser presentado ante el Tribunal de Familia para su ratificación. Este paso es crucial para garantizar que el acuerdo se ajusta al interés superior del niño, niña o adolescente, y cuenta con el respaldo legal necesario. Este tipo de acuerdo, también conocido como "acuerdo mutuo de pensión alimenticia", suele ser una solución más rápida y menos conflictiva, siempre y cuando ambas partes puedan llegar a un acuerdo.

B) Mediación:

La mediación es un proceso donde un tercero imparcial ayuda al alimentante y al alimentario a llegar a un acuerdo sobre, en este caso, la pensión de alimentos. La mediación es un requisito previo obligatorio antes de interponer una demanda de pensión de alimentos. Si se llega a un acuerdo en la mediación, no será necesario proceder con la demanda. Sin embargo, si no se llega a un acuerdo o si una de las partes no asiste a la mediación, el mediador emitirá un certificado de mediación frustrada, que habilitará la interposición de la demanda.

C) Demanda de Alimentos:

En casos donde no se logra un acuerdo mutuo, se puede recurrir a la vía judicial mediante una demanda de alimentos. Para este proceso legal de pensión alimenticia, se deben cumplir con ciertos requisitos, como tener un certificado de mediación frustrada, acreditar la relación parental, demostrar las necesidades del niño, niña o adolescente, y evidenciar la capacidad de pago del demandado.

Procedimiento Judicial para Demandas y Defensas en Casos de Pensión de Alimentos en Chile

Comprender el procedimiento judicial en materia de pensiones de alimentos en Chile puede resultar desafiante debido a su naturaleza compleja. Este proceso, llevado a cabo en los juzgados de familia, implica una serie de pasos que detallaremos a continuación:

  1. Presentación de la Demanda: Este es el primer paso del procedimiento. Aquí, el demandante (usualmente uno de los padres o un representante legal del niño, niña o adolescente) presenta, por intermedio de su abogado, una demanda de pensión de alimentos en el tribunal de familia correspondiente al domicilio del menor o del demandado. Esta demanda debe incluir todos los detalles relevantes, como la identidad de las partes del juicio, la relación con el niño, niña o adolescente, las necesidades, y la capacidad de pago del demandado.
  2. Notificación de la Demanda: Tras la presentación de la demanda, el tribunal notifica al demandado. Este proceso se realiza a través de un funcionario del juzgado, garantizando así que el demandado esté plenamente informado de la situación.
  3. Contestación a la Demanda: Una vez notificado, el demandado tiene el deber de contestar la demanda por escrito, con al menos cinco días de anticipación a la fecha de realización de la audiencia preparatoria. En esta respuesta, puede aceptar o refutar las alegaciones y peticiones presentadas por el demandante, e indicar sus propios argumentos y pruebas.
  4. Audiencia Preparatoria: Durante esta etapa, las partes informan verbalmente al tribunal del contenido de la demanda y contestación, e informan de la prueba que respalda sus argumentos. Esto puede incluir testimonios, documentos y peritajes, entre otros.
  5. Audiencia de Juicio: Aquí se rinde la prueba ofrecida en la audiencia anterior y el juez emitirá una sentencia. Esta sentencia puede ser apelada ante la respectiva Corte de Apelaciones, si alguna de las partes no está de acuerdo con la decisión.
  6. Ejecución de la Sentencia: Una vez que la sentencia es firme y ejecutoriada (aquella que ha sido notificada a las partes y respecto de la cual ya no proceden recursos judiciales), se inicia la fase de ejecución. Si el demandado no cumple con la pensión de alimentos establecida, el demandante puede solicitar medidas de apremio como el arresto, arraigo, embargo de bienes, la suspensión de licencia de conducir, o la retención de sueldo.

Es importante tener en cuenta que este "proceso legal de pensión alimenticia" puede ser complejo y requiere el cumplimiento de diversas normas y plazos legales. Por tanto, siempre es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado experto en derecho de familia en Chile.

Ajustando la Pensión de Alimentos: Aumento y Rebaja en el Contexto Legal Chileno

En Chile, la pensión de alimentos puede ser objeto de revisión y modificación a lo largo del tiempo. Este proceso, conocido como modificación de la pensión de alimentos, se puede solicitar cuando hay cambios significativos en las circunstancias económicas de los progenitores o en las necesidades del niño, niña o adolescente.

  1. Aumento de la Pensión de Alimentos: El aumento de la pensión de alimentos puede ser solicitado cuando las necesidades del niño, niña o adolescente han aumentado o cuando la capacidad económica del progenitor que paga la pensión ha mejorado. Por ejemplo, si el niño necesita atención médica adicional o si el progenitor que paga la pensión ha obtenido un empleo mejor remunerado, se podría solicitar un aumento de la pensión.
  2. Rebaja de la Pensión de Alimentos: Por otro lado, la rebaja de la pensión de alimentos puede ser solicitada cuando la capacidad económica del progenitor que paga la pensión ha disminuido o cuando las necesidades del niño, niña o adolescente han disminuido. Por ejemplo, si el progenitor que paga la pensión pierde su empleo o si el niño ya no requiere ciertos gastos, se podría solicitar una rebaja de la pensión.

Para solicitar el aumento o rebaja de la pensión de alimentos, es necesario presentar una demanda ante el tribunal de familia correspondiente que se tramitará de la misma forma antes señalada, debiéndose explicar las razones para el cambio y proporcionando pruebas de las nuevas circunstancias. El tribunal revisará esta información y decidirá si es procedente y en qué medida se debe modificar la pensión de alimentos.Es importante tener en cuenta que el aumento o rebaja de la pensión de alimentos solo puede hacerse mediante un proceso legal. Los acuerdos privados entre los progenitores no son válidos legalmente y pueden dar lugar a problemas en el futuro. Por lo tanto, es recomendable buscar asesoramiento legal antes de iniciar este proceso.

Terminando la Obligación: Cese de la Pensión de Alimentos en el Marco Legal de Chile

En Chile, el sistema legal estipula varios mecanismos que permiten la finalización de la obligación de la pensión de alimentos. Es importante que la terminación de esta obligación se realice a través de los canales legales adecuados para garantizar la protección de todas las partes involucradas. Los siguientes son los mecanismos principales que permiten el cese de la pensión de alimentos:

  1. Transacción: Los padres pueden llegar a un acuerdo, donde se establezca que la pensión de alimentos dejará de pagarse. Este acuerdo debe ser presentado ante el juzgado de familia para su aprobación.
  2. Mediación: La mediación es un proceso donde un tercero imparcial ayuda al alimentante y al alimentario a llegar a un acuerdo sobre el cese de la pensión de alimentos. La mediación es un requisito previo obligatorio antes de interponer una demanda de cese de pensión de alimentos. Si se llega a un acuerdo en la mediación, no será necesario proceder con la demanda. Sin embargo, si no se llega a un acuerdo o si una de las partes no asiste a la mediación, el mediador emitirá un certificado de mediación frustrada, que habilitará la interposición de la demanda.
  3. Juicio de Cese de Pensión de Alimentos: Si no se logra llegar a un acuerdo a través de la transacción o la mediación, el alimentante puede interponer una demanda de cese de pensión de alimentos ante el Juzgado de Familia competente. Este proceso dará inicio a un juicio de cese de pensión de alimentos, en el cual el juez evaluará las circunstancias y tomará una decisión.

Para que la pensión de alimentos cese oficialmente, es necesario solicitarlo ante el tribunal de familia, que evaluará las circunstancias y tomará la decisión final. Es fundamental recordar que este proceso debe llevarse a cabo legalmente y que cualquier cambio en la pensión de alimentos debe ser aprobado por un tribunal, para garantizar la protección de los derechos del beneficiario.

Estrategias de Cumplimiento: Asegurando el Pago de la Pensión de Alimentos en Chile

En Chile, el pago de la pensión de alimentos es una obligación legal que debe ser cumplida. El incumplimiento de esta obligación puede desencadenar una serie de medidas coercitivas implementadas por un juez para asegurar el pago. Estas medidas incluyen:

  1. Suspensión Temporal de la Licencia de Conducir: Se puede suspender la licencia de conducir del obligado hasta por seis meses.
  2. Retención de la Devolución de Impuestos: La devolución de impuestos del obligado puede ser retenida para el pago de la pensión de alimentos.
  3. Medidas Penales: Quienes ayuden a ocultar al obligado para impedir su notificación o el cumplimiento de sus obligaciones pueden ser penalizados con prisión nocturna de hasta 15 días.
  4. Arresto Domiciliario Nocturno y Completo: En caso de incumplimiento, se puede imponer arresto domiciliario nocturno o completo, con duración variable dependiendo de la gravedad y persistencia del incumplimiento.
  5. Retención de Ingresos: Se puede ordenar la retención de parte de los ingresos del obligado para el pago de la pensión.
  6. Prohibición de Salir del País: Al obligado se le puede prohibir salir del país hasta que se realice el pago de lo adeudado.
  7. Pago Solidario: En casos de dificultad o imposibilidad de cumplimiento de la obligación, se puede requerir el pago solidario a otras personas.
  8. Garantías sobre Bienes: Se puede solicitar que se constituyan garantías sobre los bienes del obligado para asegurar el pago de la pensión.
  9. Embargo y Remate de Bienes: En caso de incumplimiento, los bienes del obligado pueden ser embargados y rematados para cubrir la deuda.
  10. Inscripción en el Registro Nacional de Deudores: En caso de adeudar tres meses consecutivos o cinco discontinuos de pensión, el obligado puede ser inscrito en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.
  11. Retención de Fondos: Se pueden retener los fondos que el obligado tenga en sus cuentas bancarias o en otros instrumentos financieros y/o de inversión.
  12. Venta de Propiedades o Vehículos: En caso de venta de inmuebles o vehículos motorizados, la transferencia solo se puede inscribir en el Conservador de Bienes Raíces o el Registro Civil, respectivamente, si se acredita que las ganancias de la venta se utilizarán para pagar los alimentos adeudados.
  13. Renovación de Documentos: Las personas deudoras de pensiones de alimentos no podrán renovar sus licencias de conducir ni sus pasaportes. En casos especiales, deberán justificar ante el tribunal la necesidad indispensable de dichos documentos.
  14. Retenciones en Contrataciones o Ascensos Estatales: Cuando cualquiera de los tres poderes del Estado realice contrataciones o ascensos, al deudor de pensión de alimentos se le retendrá un porcentaje de su sueldo para pagar la deuda.

Estas medidas buscan garantizar que los derechos de los niños, niñas y adolescentes sean respetados y que reciban la pensión de alimentos a la que tienen derecho. Sin embargo, también es importante recordar que cada caso es único y que la implementación de estas medidas depende del contexto individual y de las decisiones del tribunal.

Pago Forzado de los Alimentos

Para iniciar el procedimiento de cobro de la deuda, el representante del hijo o hijos a los que se deba la pensión alimenticia debe solicitar la retención de fondos de las cuentas bancarias del deudor o de otros instrumentos financieros o de inversión, como el Ahorro Previsional Voluntario.Una vez descubiertas las cuentas bancarias del deudor, las cuentas de Ahorro Previsional Voluntario y los instrumentos financieros o de inversión, el tribunal de familia emitirá una orden en la que ordenará a las instituciones correspondientes que faciliten detalles sobre saldos, transacciones y cualquier otra información crucial para liquidar y pagar la deuda.Ahora, en caso de que no existan recursos suficientes en las cuentas bancarias, cuentas de Ahorro Previsional Voluntario e instrumentos financieros o de inversión, la nueva ley de pensiones alimenticias establece que la deuda podrá ser pagada con recursos de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).Los requisitos para realizar el pago de la deuda con fondos de las AFP son los siguientes: estar en mora, total o parcial, respecto de la pensión alimenticia; carencia o insuficiencia de recursos en cuentas bancarias, cuentas de Ahorro Previsional Voluntario y/o instrumentos financieros o de inversión; y, solicitud de pago con fondos de la Cuenta de Capitalización Individual Obligatoria (fondos AFP).

Registro de Deudores de Pensiones Alimenticias

En Chile, se ha implementado una nueva ley para crear un registro de personas que adeudan pagos de manutención. El registro será accesible para el deudor, el beneficiario y cualquier entidad pública o privada que necesite consultarlo. Incluirá los nombres de los deudores de pensiones alimenticias.La finalidad del registro es aumentar el cumplimiento de las órdenes de pensión alimenticia y facilitar el cobro de los pagos atrasados por parte de los padres custodios. Las personas incluidas en el registro tendrán la oportunidad de impugnar su inclusión si creen que no están en mora o si hay un error en la información. El registro está gestionado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Respuestas a Preguntas Frecuentes: Pensiones de Alimentos

Hemos desarrollado un listado de respuestas a las preguntas más frecuentes sobre la Relación Directa y Regular:

  1. ¿Quiénes pueden solicitar una pensión de alimentos?

- Cónyuges: La ley establece que ambos cónyuges tienen la responsabilidad de proveer para las necesidades de la familia, teniendo en cuenta sus capacidades económicas y el régimen de bienes que hayan acordado. En el caso de una separación judicial, la obligación alimentaria sigue existiendo, pero en el caso de una anulación o divorcio, esta obligación se extingue.

- Hijos: Es común que los hijos soliciten alimentos a través de los juzgados de familia. Esta obligación de proporcionar alimentos continúa hasta que el hijo o hija cumpla 21 años de edad, o 28 años si está estudiando para obtener una profesión u oficio. Si el hijo tiene alguna discapacidad que le impide valerse por sí mismo, la obligación de pagar alimentos continúa hasta que la incapacidad termine.

- Padres y abuelos: Tanto los padres como los hijos tienen el derecho de solicitar alimentos el uno del otro. Además, los abuelos también tienen derecho a solicitar alimentos de sus nietos en determinadas circunstancias.

- Hermanos: También se deben alimentos a todos los hermanos. Esta obligación de proporcionar alimentos continúa hasta que el hermano o hermana cumpla 21 años de edad, o 28 años si está estudiando para obtener una profesión u oficio.

- Personas que recibieron una donación cuantiosa: La donación se considera cuantiosa cuando su valor es significativo, y esto se determina caso a caso por el juez.

Es importante tener en cuenta que la ley exige que se intente solucionar el problema a través de la mediación antes de presentar el caso ante un juzgado de familia.

  1. ¿Qué es la mediación?

La mediación es un método de resolución de conflictos que se lleva a cabo en un ambiente controlado y con la participación de un tercero neutral conocido como mediador familiar. La finalidad de esta técnica es ayudar a las partes involucradas a llegar a un acuerdo mutuo que sea beneficioso para todos.

Durante el proceso de mediación, las partes tienen la oportunidad de expresar sus puntos de vista, intereses y necesidades, y trabajar juntas para encontrar soluciones que satisfagan a ambas partes. La mediación, en materia de alimentos, es un proceso obligatorio y confidencial, y puede ser una alternativa menos costosa y más rápida que los procesos judiciales.

Si no se logra acordar el monto de los alimentos en la mediación, el mediador le otorgará un acta llamada “Acta de mediación frustrada”. Es con dicha acta que se podrá demandar de alimentos, solicitar la rebaja, aumento, o el cese de estos, ante el Juzgado de Familia competente.

  1. ¿Por qué es importante regular la pensión de alimentos?

Regular la pensión de alimentos es importante porque proporciona certeza jurídica y puede evitar conflictos futuros. Al establecer, cesar, aumentar o reducir los alimentos mediante una transacción, mediación o demanda, se establece el monto, forma y fecha de pago, lo que brinda seguridad a ambas partes.

Además, en caso de incumplimiento por parte del obligado, se pueden solicitar medidas de apremio contra el deudor, como multas, arrestos o la suspensión de la licencia de conducir, entre otras.

También, la regulación de los alimentos puede evitar conflictos futuros, ya que se establecen las condiciones de manera clara y precisa, lo que minimiza la posibilidad de malentendidos o disputas.

A su vez, puede proporcionar una solución más rápida y efectiva en caso de incumplimiento o falta de pago.

  1. ¿Qué son las medidas de apremio por no pago de pensión de alimentos?

Las medidas de apremio son los mecanismos legales establecidos para garantizar el cumplimiento de la obligación de pagar la pensión de alimentos. Estos mecanismos incluyen la orden de arresto, el arraigo, la retención de la devolución anual de impuestos y la suspensión de la licencia de conducir.

La orden de arresto permite a la policía detener al deudor y llevarlo ante el juez para que este decida la sanción a aplicar. El arraigo consiste en la retención de bienes muebles o inmuebles del deudor para asegurar el pago de la deuda. La retención de la devolución anual de impuestos permite retener el reembolso de impuestos a favor del deudor para saldar la deuda de alimentos.

La suspensión de la licencia de conducir impide que el deudor pueda renovar o emitir una licencia de conducir hasta que pague la deuda de alimentos. Con la dictación de la Ley N° 21.389 (Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos), se han agregado nuevas medidas para obtener el pago de las pensiones de alimentos adeudadas, como la publicación de la información de los deudores en un registro nacional de deudores de pensiones de alimentos, lo que puede tener un impacto negativo en el crédito y la reputación del deudor.

  1. ¿Se pueden modificar las condiciones de la pensión de alimentos?

Sí, las condiciones y montos de pago de las pensiones se pueden modificar por acuerdo de las partes, o judicialmente (aumento, rebaja o cese de alimentos).

En el caso de un acuerdo de las partes, este debe ser presentado ante el juez de familia para su aprobación. El juez verificará que el acuerdo sea justo y adecuado para ambas partes, y lo aprobará si cumple con estos requisitos.

En el caso de una modificación judicial, esta puede ser solicitada por el beneficiario de la pensión o por el obligado a pagarla. Para solicitar una modificación judicial, se deben presentar pruebas que justifiquen la necesidad de la modificación, como cambios en las necesidades del beneficiario o en la capacidad económica del obligado.

Es importante tener en cuenta que cualquier modificación a la pensión de alimentos debe ser aprobada por el juez de familia a cargo del caso. Además, cualquier acuerdo o modificación debe cumplir con las regulaciones y leyes aplicables, y debe ser justo y adecuado para ambas partes.

  1. ¿Quién se encarga de hacer cumplir la pensión de alimentos?

El juez de familia correspondiente al tribunal en que se reguló la pensión es el encargado de hacer cumplir la pensión de alimentos.

  1. ¿Es necesario contar con un abogado para demandar o defenderme en materia de solicitud, cese, aumento o rebaja de pensión de alimentos?

La ley exige que para demandar una pensión de alimentos, las partes comparezcan ante el tribunal representados por un abogado habilitado para el ejercicio de la profesión. Además, para defenderse en una demanda de pensión de alimentos, también es recomendable contar con un abogado que pueda asesorar y representar al demandado.

  1. ¿Cuál es el plazo de prescripción de la deuda por pensión de alimentos?

En general, el plazo de prescripción para las acciones ejecutivas de cobro de deudas por pensión alimenticia será de tres años, para luego convertirse en ordinaria por dos años más. Es importante tener en cuenta que el plazo de prescripción comienza a contar desde el momento en que el beneficiario de la pensión alimenticia cumple los 18 años. Esto significa que el plazo de prescripción se extiende hasta cinco años después de la mayoría de edad del beneficiario.

Respecto al beneficiario de alimentos, es importante actuar con prontitud en caso de una deuda por pensión de alimentos, ya que el plazo de prescripción puede limitar la capacidad de recuperar la deuda adeudada si se espera demasiado tiempo.

  1. ¿Qué sucede si la persona que tiene que pagar la pensión de alimentos fallece?

Si la persona que tiene que pagar la pensión de alimentos fallece, la obligación de seguir pagando alimentos no se transmite por causa de muerte a los herederos. Sin embargo, si existe una deuda por alimentos, deberá ser pagada con los bienes del difunto antes de repartir la herencia entre los herederos. Esto significa que la deuda por alimentos tiene preferencia sobre otras deudas que pudiera tener el fallecido, y que los herederos deberán pagarla con los bienes que hayan sido dejados por el difunto antes de recibir su parte de la herencia.

  1. ¿Cómo se desarrolla un juicio de solicitud, cese, aumento o rebaja de alimentos en Chile?

En Chile, el proceso judicial para solicitar la pensión de alimentos se lleva a cabo en el Juzgado de Familia competente y se desarrolla a través de una demanda, una audiencia preparatoria, una audiencia de juicio y una sentencia.

En la demanda, se deben presentar los antecedentes necesarios para justificar la solicitud de pensión de alimentos. Luego, se realiza una audiencia preparatoria en la que se busca llegar a un acuerdo entre las partes. Si no se llega a un acuerdo, se realiza una audiencia de juicio en la que se presentan las pruebas y se dicta una sentencia.

Si el obligado no cumple con el pago de la pensión de alimentos establecida en la sentencia, el demandante puede solicitar la ejecución de la sentencia ante el Juzgado de Familia.

  1. ¿Qué es la pensión de alimentos provisoria?

La pensión de alimentos provisoria es una pensión de alimentos temporal que se otorga antes de que se dicte una sentencia definitiva en un proceso judicial de pensión de alimentos. Esta pensión se otorga para cubrir las necesidades básicas del beneficiario mientras se resuelve el proceso judicial.

La pensión de alimentos provisoria puede ser solicitada por el beneficiario durante el proceso judicial, y su monto y duración se establecen en función de las necesidades del beneficiario y de las capacidades económicas del obligado.

  1. ¿Qué sucede si el obligado a pagar la pensión de alimentos queda sin trabajo?

Si el obligado a pagar la pensión de alimentos queda sin trabajo, debe informar de inmediato al Juzgado de Familia y solicitar una rebaja temporal de la pensión de alimentos. La rebaja temporal se establece en función de las nuevas capacidades económicas del obligado y se puede solicitar una vez que se haya encontrado un nuevo trabajo.

  1. ¿Qué sucede si el beneficiario de la pensión de alimentos deja de estudiar o de trabajar?

Si el beneficiario de la pensión de alimentos deja de estudiar o de trabajar, se puede solicitar una rebaja de la pensión de alimentos. La rebaja se establece en función de las nuevas capacidades económicas del beneficiario y se puede solicitar una vez que se haya producido el cambio en la situación del beneficiario.

  1. ¿Cómo se puede solicitar el cese de la pensión de alimentos?

El cese de la pensión de alimentos se puede solicitar en caso de que el beneficiario deje de necesitar la pensión de alimentos o en caso de que el obligado a pagar la pensión de alimentos se encuentre en una situación de necesidad económica. Para solicitar el cese de la pensión de alimentos, se deben presentar pruebas que justifiquen la necesidad de la modificación y se debe presentar una demanda ante el Juzgado de Familia competente.

  1. ¿Qué es el Registro de Deudores de Pensiones de Alimentos?

El Registro de Deudores de Pensiones de Alimentos es un sistema que mantiene una lista de personas que adeudan tres meses consecutivos o cinco meses discontinuos de pensiones de alimentos, con una resolución judicial que así lo ordene. Este registro es administrado por el Servicio de Registro Civil e Identificación y su objetivo es facilitar el cobro de las pensiones alimenticias adeudadas a los niños, niñas y adolescentes. Los deudores registrados pueden enfrentar sanciones legales y económicas, incluyendo multas, embargo de bienes y restricciones para viajar al extranjero.

  1. ¿Qué sucede si el beneficiario de la pensión de alimentos se muda al extranjero?

Si el beneficiario de la pensión de alimentos se muda al extranjero, la pensión de alimentos sigue siendo válida y exigible. Sin embargo, puede ser necesario realizar algunos trámites adicionales para hacer cumplir la sentencia en otro país. En Schneider Abogados, podemos brindarle asesoramiento legal en caso de que necesite hacer cumplir una sentencia de pensión de alimentos en el extranjero.

  1. ¿Qué sucede si el obligado a pagar la pensión de alimentos vive en otro país?

Si el obligado a pagar la pensión de alimentos vive en otro país, la sentencia de pensión de alimentos sigue siendo válida y exigible. Sin embargo, puede ser necesario realizar algunos trámites adicionales para hacer cumplir la sentencia en otro país. En Schneider Abogados, podemos brindarle asesoramiento legal en caso de que necesite hacer cumplir una sentencia de pensión de alimentos en el extranjero.

  1. ¿Qué sucede si el beneficiario de la pensión de alimentos se casa o convive con otra persona?

Si el beneficiario de la pensión de alimentos se casa o convive con otra persona, la pensión de alimentos sigue siendo válida y exigible. Sin embargo, la pensión de alimentos puede ser objeto de modificación si se demuestra que el beneficiario ya no necesita la pensión de alimentos debido a la nueva relación.

  1. ¿Puede solicitarse la pensión de alimentos para un hijo no reconocido legalmente?

Sí, se puede solicitar la pensión de alimentos para un hijo no reconocido legalmente si se puede probar su filiación. En este caso, se debe presentar una demanda para establecer la filiación y establecer la pensión de alimentos correspondiente.

Si necesita agendar una hora para asesoría en materia de pensión de alimentos, no dude en contactarnos al número telefónico +56232671946 o completar el formulario de contacto. En Schneider Abogados, ofrecemos representación especializada en todo Chile y nuestra oficina principal se encuentra ubicada en calle Nueva Tajamar N°481, Oficina N°2102, Torre Norte, Edificio World Trade Center Santiago, Comuna de Las Condes, Santiago de Chile.

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Departamento de Familia



Abogada de familia en Chile
Javiera Ignacia González
Jefa Departamento de Derecho de Familia.
Abogada, Título otorgado por la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.
Diplomado de Derecho de Familia, Pontificia Universidad Católica de Chile.
Diplomado Infancia y Niñez, Instituto de Estudio Judiciales IEJ
Magister en Derecho de Familia y Derecho de la Infancia y Adolescencia, Universidad de Chile.
Ex Curadora Ad Litem, Centro Regional por los Derechos del Niño.

Abogada de Familia en Santiago
Cristina Isidora Cabaña Osorio
Abogada, Título otorgado por la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.
Diplomado de Derecho de Familia, Pontificia Universidad Católica de Chile.
Diplomado Infancia y Niñez, Instituto de Estudio Judiciales IEJ
Magister en Derecho de la Infancia y Adolescencia, Universidad de Chile.
Co-fundadora de Fundación Defensoría de la Mujer.

Abogada Consuelo Pihan
Consuelo Pihán Aedo
Abogada, Título otorgado por la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.
Diplomado Infancia y Niñez, Instituto de Estudio Judiciales IEJ
Diplomado en Derecho Corporativo y Compliance, Universidad de Los Andes.
Magister en Derecho Privado, Universidad de Concepción.

Matías Herrera
Matías Herrera Olivares

Abogado, Título otorgado por la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.
Diplomado en Derecho de Familia, Instituto de Estudio Judiciales IEJ


Catalina Labra Herrera
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Katherine Frívola Guzmán
Asistente Legal


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Secretaria del Departamento de Familia.
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Roberto Vergara
Roberto Vergara
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Pensión de Alimentos


En Schneider Abogados somos especialistas en juicios de pensión de alimentos, aumento de alimentos, rebaja de alimentos, cese de alimentos, Cobro de pensiones no pagadas, Medidas de apremio por no pago de pensión de alimentos, Cobro Judicial de pensiones no pagadas, entre otros.
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Nuestra oficina de familia se encuentra ubicada Avenida Apoquindo 6410 Oficina 1101, Comuna de Las Condes, Santiago, Chile.
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Disponemos de abogados especialistas en pensión de alimentos en: Las Condes, Providencia, Vitacura, La Dehesa, Lo Barnechea, Ñuñoa, Santiago Centro, Maipú, Puente Alto, La Florida, Buín, Talagante, Melipilla, entre otras. Si requiere consultar por coberturas lo invitamos a contactarnos.

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Otorgamos representación y defensa en juicios de pensión de alimentos en: Rancagua, Viña del Mar, Valparaíso, Los Andes, Limache, Casablanca.