Eliminación de Antecedentes Penales

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ELIMINACIÓN DE ANTECEDENTES PENALES

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¿Qué casos existen para solicitar la eliminación de antecedentes penales

  • Caso de personas menores de 18 años que hayan cumplido pena de hasta 3 años: podrán eliminar la anotación inmediatamente de cumplida la condena. Si la condena fue superior a 3 años, se eliminará después de transcurridos 3 años y siempre que se trate de la única anotación.
  • Caso de ser condenado anteriormente por simple delito: deben transcurrir a los menos 5 años desde que se haya cumplido la condena, y exista certificado de cumplimiento de la misma para solicitar dicho trámite.
  • Caso de ser condenado anteriormente con pena de crimen: deben transcurrir a lo menos 10 años de cumplida su condena, y tener el certificado de cumplimiento de dicha condena.En caso que exista una sentencia absolutoria: que esta sentencia se encuentre ejecutoriada.
  • Caso que se haya dictado el sobreseimiento temporal a su favor: que se encuentre dicha resolución ejecutoriada.
  • Caso en que se haya dictado a su favor, sobreseimiento definitivo: por resolución ejecutoriada, salvo que ese sobreseimiento se haya pronunciado en causa terminada por sentencia condenatoria y se hubiese fundado en la extinción de la responsabilidad penal por el cumplimiento de la condena, indulto o prescripción de la pena. 
  • Caso en que la persona haya sido favorecida con una ley de amnistía, respecto del delito a que se refiere la anotación en su extracto.
  • Caso en que exista alguna anotación que aparezca por error en el Prontuario Penal.
  • Caso en que la condena sea por falta penal: deben transcurrir  3 años desde el cumplimiento de la condena, siempre que se trate de la única anotación.  

Documentos requeridos para iniciar el trámite de eliminación de antecedentes penales: 

  • Si su condena era el pago de una multa: Recibo o certificado de pago de multa impuesta
  • Cédula de Identidad, en buen estado
  • Si en su caso usted ya cumplió la condena, un certificado emitido por Gendarmería de Chile, debidamente timbrado y firmado por la autoridad respectiva, que acredite el cumplimiento de la misma. 

Junto con lo requerido para los dos casos anteriormente explicados, se requiere también una copia autorizada de la sentencia, certificado de término de causa o cualquier otro documento que tenga la información que se requiera para resolver acerca del beneficio, en caso que el tribunal no lo haya comunicado al Registro General de Condenas. 

 

Si requiere de asistencia en sus Causas Penales en Chile o de Abogado Penalista experto en Eliminación de Antecedentes Penales, puede hacerlo llamando a nuestro número telefónico (2) 3235 0248 o escribirnos Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Atención 24 horas. 

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